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DESCONOCE RECTOR TRANSITORIO DE REFORMA QUE PROPONE CREAR FONDO DE RETIRO CON SINDICATOS

 

rector recursos 1511Dijo no conocer esa condicionante para aumento de monto anual en la iniciativa presentada por diputados de Morena y PRD

 

 

El rector Medardo Serna González negó conocer el cuarto transitorio de la iniciativa de reforma al 143 presentada el 8 de Noviembre por diputados del Morena y PRD, para aumentar el próximo presupuesto anual a la Universidad Michoacana. Ello a pesar de que señaló haberla leido minuciosamente. 

En la iniciativa de decreto ya en poder del Pleno del Congreso del Estado, se establece en un cuarto artículo transitorio que la Universidad Michoacana deberá llevar a cabo los estudios necesarios para crear un fondo de pensiones y jubilaciones que opere en pleno respeto de su autonomía de forma racional y austera, con sus mecanismos y reglas.

De acuerdo al documento dichos estudios se realizarán mediante mesas de trabajo entre los sindicatos y Rectoría, quienes definirán el periodo necesario para que el fondo sea sostenible. En tanto gobierno del estado participará como garante de los pagos. A lo cual el jefe nicolaita solo repuso: «yo le di una lectura cuidadosa a la iniciativa, no habla de ningún fondo. ¿eh?».

-Sí rector, está en transitorios: «lo ví ninguna parte del fondo, me comentaban que estaba en el transitorio cuarto, no, no lo ví. Se habla de establecer mesas de trabajo  para llegar a los acuerdos necesarios pero no habla de esa figura».

-¿No hay una condicionante de los diputados hacia ustedes?: «no, no lo veo yo, yo no lo veo, habla de una actitud favorable de apoyo y la Universidad va a seguir haciendo lo que le corresponda».

Para Serna González la UMSNH llego a un problema económico mayor a lo largo de muchos años, «y vamos a salir también a lo largo de muchos años».

La citada iniciativa de reforma a los párrafos segundo y tercero del Articulo 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, en la que se estableció que «el Presupuesto anual destinado a la Universidad Michoacana de San Nicolás deHidalgo será suficiente y de al menos el equivalente al 6.0% (seis por ciento), propone cuatro transitorios que a la letra dicen: 

PRIMERO.- Remítase el presente Decreto a los 112 Ayuntamientos del Estado de Michoacán, así como al Concejo Mayor de Cherán, para que emitan el resultado de su votación, en los términos de la fracción IV del Artículo 164 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo.

TERCERO.- La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo deberá establecer y armonizar los instrumentos necesarios para el cumplimiento y observancia de las normas en materia de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas, en términos de lo dispuesto en los artículos 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8º de esta Constitución, así como en las normas de la contabilidad gubernamental contenidas en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, a partir del 1 de enero de 2019.

CUARTO.- La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo deberá llevar a cabo los estudios necesarios para dotarse de viabilidad en pleno respeto de su autonomía de forma racional y austera, con sus mecanismos y reglas. Dichos estudios se realizarán mediante mesas de trabajo entre los sindicatos y la parte patronal de la Universidad Michoacana.

 

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